El Poder Ejecutivo vetó parcialmente este jueves la ley de transacciones electrónicas debido a un polémico artículo que establecía un sistema de identificación electrónica de alto nivel de seguridad para los giros de dinero.


La normativa hizo enfrentar a los bancos y telefónicas.


El jefe de Gabinete Civil, Hernán Huttemann, informó este jueves, durante una conferencia de prensa, que el Ejecutivo procedió a firmar el decreto por el cual se objeta el artículo 103 de la Ley de Servicios de Confianza en las Transacciones Electrónicas.

En ese sentido, indicó que el mencionado artículo dispone que todas las operaciones electrónicas de pago deban contar con un sistema de identificación electrónica de un alto nivel de seguridad.

No obstante, manifestó que los órganos técnicos, tanto el Banco Central del Paraguay (BCP), el Ministerio de Industria y Comercio (MIC), y la Comisión Nacional de la Competencia (Conacom) sostienen que se genera una exclusión de la “necesaria gradualidad y escalonamiento de los niveles de seguridad que deben estar acordes al riesgo implícito que trae cada operación”.


Asimismo, agregó que lo expuesto previamente es el argumento central, ya que el artículo tal cual se encuentra redactado podría generar una exclusión de los sectores más vulnerables del sistema financiero.


Al respecto, el presidente del Banco Central del Paraguay (BCP), José Cantero, recalcó que la decisión se basó en un diálogo y se conversó con distintos actores, como el sector bancario, empresas financieras y cooperativas, entre otros.


También dijo que se realizaron consultas a organismos internacionales que apoyan al país para profundizar sobre mejores prácticas para el control de estas operaciones.


Sobre los estándares internacionales, mencionó que la proporcionalidad o nivel de seguridad y de control de la identidad debe estar acorde a los niveles de transacción, según recoge GAFI y Gafilat.


También agregó que la interpretación del BCP es que al contar con un solo esquema, que sea un sistema alto, y conforme a lo que establece el artículo 103, puede afectar a todo tipo de operaciones, ya que establece un alto nivel de seguridad para giros, transferencias, créditos, cooperativas, cobranzas, entre otros sectores.


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