La Ordenanza N° 56/2022 tiene como finalidad establecer normativas para el transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados mediante plataformas de aplicación electrónica en el municipio de Encarnación.
- 12/12/2023
- Por Edicion Prensa
Siguiendo las pautas de la Resolución 3199/2023, se instituye la creación de un registro para los prestadores de servicios de transporte de pasajeros en vehículos privados a través de plataformas electrónicas en la ciudad.
Los vehículos destinados al transporte oneroso de pasajeros, contratados mediante plataformas de aplicación electrónica, deben cumplir con los siguientes requisitos para su habilitación:
- Copia de cédula de identidad.
- Copia autenticada de la Cédula verde del vehículo.
- Copia simple de la póliza de seguro de pasajeros con cobertura nacional e internacional vigente.
- Copia simple de póliza de seguro con cobertura contra terceros.
- Certificado de Desinfección del vehículo emitido por la Dirección de Salubridad y Medio Ambiente de la Municipalidad de Encarnación.
- Certificado de Inspección Técnica del vehículo emitido por la oficina de inspección técnica del municipio.
Para la habilitación, se emitirá un carnet identificatorio después del pago de 3 jornales para actividades diversas no especificadas. Cualquier acción u omisión que incumpla las disposiciones de la ordenanza será considerada una falta y estará sujeta a sanciones efectivas de cumplimiento obligatorio.