La Ordenanza N° 56/2022 tiene como finalidad establecer normativas para el transporte oneroso de pasajeros en vehículos privados contratados mediante plataformas de aplicación electrónica en el municipio de Encarnación.


Siguiendo las pautas de la Resolución 3199/2023, se instituye la creación de un registro para los prestadores de servicios de transporte de pasajeros en vehículos privados a través de plataformas electrónicas en la ciudad.


Los vehículos destinados al transporte oneroso de pasajeros, contratados mediante plataformas de aplicación electrónica, deben cumplir con los siguientes requisitos para su habilitación:


- Copia de cédula de identidad.

- Copia autenticada de la Cédula verde del vehículo.

- Copia simple de la póliza de seguro de pasajeros con cobertura nacional e internacional vigente.

- Copia simple de póliza de seguro con cobertura contra terceros.

- Certificado de Desinfección del vehículo emitido por la Dirección de Salubridad y Medio Ambiente de la Municipalidad de Encarnación.

- Certificado de Inspección Técnica del vehículo emitido por la oficina de inspección técnica del municipio.

Para la habilitación, se emitirá un carnet identificatorio después del pago de 3 jornales para actividades diversas no especificadas. Cualquier acción u omisión que incumpla las disposiciones de la ordenanza será considerada una falta y estará sujeta a sanciones efectivas de cumplimiento obligatorio.