La normativa declara al transporte público como un servicio imprescindible, de carácter obligatorio y continuo, y busca actualizar un marco legal que se mantuvo sin cambios durante más de dos décadas.


La ley redefine los mecanismos de planificación, control y fiscalización del transporte de pasajeros, otorgando mayores atribuciones al Estado y fijando obligaciones más estrictas para las empresas operadoras. Entre los cambios principales se establece el cumplimiento obligatorio de horarios, recorridos y frecuencias, así como la aplicación de sanciones económicas automáticas ante incumplimientos y la posibilidad de rescindir concesiones en casos reiterados.

Asimismo, la ley dispone la publicación de datos abiertos sobre operaciones, subsidios y pagos, y habilita la integración tarifaria mediante el uso del billetaje electrónico, lo que permitiría a los usuarios realizar trasbordos con tarifas reducidas. Además, se introduce una reorganización del servicio a través de Unidades Funcionales y corredores troncales, con planes únicos que definirán flota, rutas y estándares operativos.

FUENTE: ÑANDUTI